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miércoles, 6 de agosto de 2014
jueves, 31 de julio de 2014
sábado, 21 de junio de 2014
MULTINACIONAL SABMILLER BAVARIA “SANCIONADA Y MULTADA”
MULTINACIONAL SABMILLER BAVARIA
“SANCIONADA
Y MULTADA”
EL DIRECTOR DEL
MINISTERIO DEL TRABAJO TERRITORIAL ATLANTICO;
EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, PROCEDE A EMANAR RESOLUCION 000397
EN LA CUAL RESUELVE:
SANCIONAR A LA EMPRESA BAVARIA S.A REPRESENTADA LEGALMENTE POR EL
SEÑOR JUAN CARLOS PEREZ SOLORZANO; CON MULTA DE 500 SALARIOS
MINIMOS EQUIVALENTE A TRESCIENTOS OCHO MILLONES DE PESOS M/L ($308.000.000.);
POR PERSECUCION SINDICAL, MALA REMUNERACION EN TRABAJOS DOMINICALES HABITUALES
Y ELUSION EN EL PAGO DE LA SALUD.
A PESAR DEL FALLO
EJECUTORIADO POR ESTA CARTERA MINISTERIAL; BAVARIA CERVECERIA DE BARRANQUILLA CONTINUA CON LA REPRESION Y LA PERSECUCION SINDICAL EN
CONTRA DE LOS DIRIGENTES Y MIEMBROS DEL SINDICATO DE BAVARIA SINALTRACEBA; CON EL OBJETIVO
DE SANCIONARLOS, Y DE IGUAL FORMA SIGUE IMPLEMENTANDO TURNOS DOMINICALES MAL
REMUNERADOS; VIOLANDO EL CODIGO
SUSTANTIVO DEL TRABAJO, EL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE LA CERVECERA Y EL
CODIGO DE ETICA DE LA MULTINACIONAL SABMILLER.
LA ORGANIZACIÓN
SINDICAL SINALTRACEBA Y LA CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES (CUT);
RECHAZAN LA CONDUCTA ANISINDICAL ADOPTADA POR EL FUNCIONARIO DE LA CERVECERA;
LO CUAL HA DETERIORADO EL CLIMA LABORAL AL INTERIOR DE LA PLANTA DE BARRANQUILLA,
GENERANDOSE UN AMBIENTE DE TRABAJO HOSTIL.
¡¡¡¡¡¡¡¡ EXIGIMOS EL
CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIO0N 000397
!!!!!!
¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ ATRÁS LA PERSECUCION SINDICAL EN
BAVARIA !!!!!!!!!!!
¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ ATRÁS LA MALA REMUNERACION DE LOS
DOMINICALES !!!!!!
¡!!!!!!!!!!!!!!!!!! VIVA
SINALTRACEBA -- VIVA LA CUT !!!!!!!!!!!!!!!!
APOYA Y RESPALDA CUT
jueves, 12 de junio de 2014
BOLETÍN 011
BOLETÍN
O11
La organización sindical
“SINALTRACEBA” SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES CERVECEROS DE BAVARIA,
mostrando la perseverancia ante los organismos del estado colombiano; logra que
la multinacional SABMILLER BAVARIA sea sancionada en primera instancia con resolución
emanada por el ministerio del trabajo territorial atlántico 000353 del 22 de mayo de la presente anualidad; por violación a la convención colectiva de
trabajo vigente, al negar los permisos sindicales a los miembros de la
junta directiva de SINALTRACEBA; para
que estos puedan cumplir legalmente EL LIBRE EJERCICIO SINDICAL; siendo sancionada
la empresa BAVARIA con multa de VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS ($24.640.000.oo) M/CTE.
que equivale a (40) salarios mínimos legales.
De igual forma el
ministerio del trabajo territorial atlántico emitió el 31 de enero del 2014 resolución 000062 en primera instancia, sancionando de manera ejemplar a la
multinacional con una multa elevada producto de sus atropellos y
arbitrariedades al interior de la planta de cervecería de barranquilla como son;
persecución sindical, mala remuneración en
dominicales habituales sus compensatorios y la elusión en el pago de la salud.
Que nuestra organización
sindical ha estado apresto en las
instalaciones del ministerio del trabajo
ante la DILATACIÓN de la
confirmación de esta resolución , realizando actividades sindicales para
que diera un pronunciamiento oficial por parte de este organismo del estado ,que
cuyo fallo seria en BENEFICIO de
todos los trabajadores, SINDICALIZADOS
Y NO SINDICALIZADOS ; y que finalmente el día 6 de junio de la presente anualidad el director de esta cartera ministerial en uso
de sus facultades legales, en especial las otorgadas por la ley 1437 de 2011 procede a resolver
recurso de apelación interpuesto por la multinacional SABMILLER BAVARIA; donde
EL DIRECTOR de esta cartera ministerial
emite una resolución definitiva como
fue la 000397 en la fecha arriba
mencionada; donde RATIFICA LAS
VIOLACIONES al reglamento interno del trabajo, el código sustantivo del
trabajo y la constitución política nacional; por lo que resuelve
SANCIONAR a la empresa BAVARIA
representada legalmente por el señor
JUAN CARLOS PÉREZ SOLÓRZANO; con
multa de (500) salarios mínimos legal mensual vigente equivalente a TRESCIENTOS OCHO MILLONES DE PESOS
M/L($308.000.000), dejando claro el
funcionario del ministerio; que la presente providencia presta merito ejecutivo
conforme al artículo 89 del código de procedimiento administrativo y de lo
contencioso administrativo. De igual forma afirma que con la presente
resolución NO procede recurso alguno, quedando AGOTADO el
procedimiento administrativo.
Es clara la resolución definitiva y ejecutoriada, y la
invitación para los accionistas y
los funcionarios de la multinacional es
a SUBSANAR los errores
cometidos DEVOLVIENDO LOS SALARIOS DEJADOS
DE PAGAR A SUS TRABAJADORES
y desmontar los turnos ilegales que son NEFASTOS
para los intereses de los trabajadores cerveceros; dejando a un lado la
posición HOSTIL, REPRESIVA,
ESCLAVÍZATE y de PERSECUCIÓN
TÁCTICA sobre los trabajadores SINDICALIZADOS Y NO SINDICALIZADOS, tanto en la parte operativa como en la administrativa; que para nada
contribuye a el DETERIORADO CLIMA
LABORAL al interior de la planta de la cervecería de barranquilla.. Señores
recuerden, “EL QUE SIEMBRA VIENTOS, RECOGERÁ
TEMPESTADES “
LLAMADO A LA REFLEXIÓN
Estos resultados
obtenidos hasta ahora, primero que todo agradecerlo a DIOS a JESUS; a los
asesores jurídicos y sindicales, las juntas
directivas de las organizaciones sindicales, la base de los sindicatos,
y que estos resultados son la muestra o
carta de presentación de forma humilde, para que usted que aún no se ha vinculado a esta organización, pueda
acercarse y afiliarse sin pensarlo más; ya que esto se ha logrado teniendo un
sindicato minoritario que ha hecho
respetar la constitución política, las leyes, los reglamentos y normas
internacionales, con la unidad de los
trabajadores; y que este movimiento hay que FORTALECERLO con el objetivo de buscar un sindicato solido MAYORITARIO en vista de lo que
se nos avecina; como es la presentación de pliego de peticiones para la nueva convención colectiva de trabajo
que regirá del 2015 en adelante; con el objetivo de buscar mejores conquistas convencionales en
beneficio de todos los trabajadores del ramo cervecero.
El llamado en esta hora
no es para que seas un espectador de los acontecimientos; sino para que seas
parte de la historia del movimiento sindical en esta cervecería y que después tú
puedas contarle a tus hijos con la frente erguida las hazañas lograda por todos
los trabajadores incluyéndote tú. Hoy sin darte cuenta puedes estar construyendo
o labrando el futuro de tus hijos en el lugar de trabajo; recuerda lo que dice
la escritura:
“TODO LO QUE EL HOMBRE SEMBRARE, ESO MISMO COSECHARA”
JUNTA DIRECTIVA SINALTRACEBA
¡¡¡¡ATRÁS
LA REPRESIÓN PATRONAL DE LA
MULTINACIONAL SABMILLER BAVARIA!!!!
¡¡¡¡¡¡¡¡¡ATRÁS
LA IMPLEMENTACIÓN ARBITRARIA DE TURNOS EN BAVARIA!!!!! ¡¡¡¡¡¡¡¡¡ ABAJO EL CUARTO TURNO EN
BAVARIA CERVECERÍA DE BARRANQUILLA!!!!!!
lunes, 2 de junio de 2014
BOLETÍN 010
BOLETÍN 010
La
organización sindical “SINALTRACEBA” SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES
CERVECEROS DE BAVARIA, de manera categórica rechazamos la posición y actitud
presentada por el Ing. SANTIAGO VALENCIA
con respecto a la programación del personal para realizar los reemplazos por
vacaciones y descansos en las áreas de alto riesgo como sala de máquinas y calderas.
Caso puntual con la asignación para realizar el reemplazo por vacaciones del
señor Rafael Tobo; maquinista 1° por
parte del señor Yair Amaris NO
sindicalizado, recientemente ascendido a mecánico de 3a; y favoreciéndolo
en este reemplazo temporal (DADIVAS ) desconociendo la idoneidad experiencia y trayectoria
de entre 8 y 12 años en el área de calderas y cogeneración de los señores Alexis
Gutiérrez y Henry Márquez ; Maquinistas de Calderas nombrados para esta
área de ALTO RIESGO; el ingeniero
valencia, toma la medida represiva de
ignorarlos en este reemplazo temporal, por el hecho de ser SINDICALIZADOS comprobándose el
trato discriminatorio y persecución sindical, modificando de paso las
condiciones de trabajo normal al personal sindicalizado de acuerdo a los
beneficios convencionales. Con el reemplazo en mención se pone en riesgo la
seguridad e integridad de los trabajadores, la confiabilidad en los servicios
industriales, caso concreto la cogeneración eléctrica y suministro de vapor a
las dependencias de la fábrica que los requieran; por lo que de llegar suceder
algo catastrófico, responsabilizamos al ingeniero en mención. Todo esto se
viene dando en razón al acoso laboral, trato discriminatorio y persecución sindical por parte del
ingeniero Valencia, violando el reglamento interno
de trabajo en los artículos 53 y 69 MECANISMOS DE PREVENCIÓN DEL ACOSO
LABORAL; el artículo 354 del código sustantivo del trabajo PROTECCIÓN DEL DERECHO DE ASOCIACIÓN.
1. En los
términos del artículo 292 del Código Penal, queda prohibido a toda persona
atentar contra el derecho de asociación sindical.
2. Toda persona que
atente en cualquier forma contra el derecho de asociación sindical será
castigada cada vez con una multa equivalente al monto de cinco (5) a cien (100)
veces el salario mínimo mensual más alto vigente, que le será impuesta por el
respectivo funcionario administrativo del trabajo, sin perjuicio de las
sanciones penales a que haya lugar. Considérense como actos atentatorios contra
el derecho de asociación sindical, por parte del empleador en este caso que nos
asiste:
a. obstruir o dificultar
la afiliación de su personal a una organización sindical de las protegidas por
la ley, mediante DÁDIVAS O PROMESAS,
o condicionar a esa circunstancia la obtención o conservación del empleo o el
reconocimiento de MEJORAS O
BENEFICIOS.
b. despedir,
suspender o MODIFICAR LAS CONDICIONES
DE TRABAJO DE SU PERSONAL SINDICALIZADO, con el objeto de impedir o difundir el ejercicio del derecho
de asociación.
c. adoptar MEDIDAS DE REPRESIÓN CONTRA LOS
TRABAJADORES por haber acusado, testimoniado o intervenido en
las investigaciones administrativas tendientes a comprobar la violación de esta
norma. De igual forma viola la ley 1453 de 2011 en su
artículo 200; ley 1010 del 2006,
artículos 1º y 2º en sus numerales 2 y 3, artículo 3º literal f y g, Articulo
4º literal f y la cláusula 11 de la convención colectiva de trabajo vigente,
reemplazos temporales que establece:…Todo reemplazo se efectuara preferiblemente
con el ayudante o el auxiliar del titular, en este caso los señores Alexis
Gutiérrez y Henry Márquez.
La posición adoptada por parte del Ing. Valencia
y su altivez, gracias a su reciente y maratónico ascenso a coordinador del área
de ingeniería y servicios, desconociendo el rol y trayectoria del jefe
inmediato del área, el Ing. HUGO MARTHE, violando de paso el código de ética de
la compañía; con su compañero.
La organización sindical rechaza de igual forma
la implementación de la séptima tripulación o trabajo en dominicales de forma
habitual o comúnmente llamado por la compañía 7x24 el NEFASTO
CUARTO TURNO, aplicado en diferentes áreas de la compañía
obligando a los trabajadores en contra de su voluntad a laborar todos los
domingos por decreto, al estilo de un INQUISIDOR; sin previa consulta con las
organizaciones sindicales, violando el reglamento interno de trabajo capítulo 4 articulo 7 jornada de
trabajo donde empleador y trabajador pueden acordar turnos de trabajo
sucesivos; afectando socialmente a los trabajadores en su núcleo familiar y
económicamente en sus ingresos con la acostumbrada mala remuneración dominical habitual; y de manera premeditada teniendo conocimiento de la resolución emanada
por el ministerio del trabajo territorial atlántico, donde es sancionada la
multinacional SABMILLER BAVARIA con multa de $616.000.000.oo millones de pesos por remuneración ilegal en
dominicales habituales, persecución
sindical y elusión en el pago de la salud. ….Entonces en donde queda
el eslogan de los funcionarios de la
BAVARIA, que se llenan la boca al hablar y publicar en sus carteleras “ NUESTRA GENTE ES LA VENTAJA MAS DURADERA”,
con más de 95 plantas en el mundo, Latinoamérica la que más le genera ingresos
al grupo SABMILLER y en Colombia
BAVARIA la que más le genera utilidades con la complacencia del estado
colombiano en cabeza de los organismo estatales, como el ministerio del trabajo
dilatando la confirmación del fallo
de resolución enero 31 de 2014; para favorecer a la gran samaritana BAVARIA. Manejando
a través de recursos humanos una doble moral con su personal, perdiendo toda
credibilidad y cada día aumentado sus ganancias de forma vertiginosa,
consideramos que BAVARIA debe
cambiar el eslogan por “LA EXPLOTACIÓN
DE NUESTRA GENTE, ES LA VENTAJA MAS DURADERA PARA SABMILLER”.
JUNTA
DIRECTIVA SINALTRACEBA
¡¡¡¡ATRÁS LA REPRESIÓN PATRONAL EN LA MULTINACIONAL
SABMILLER BAVARIA!!!!
¡¡¡¡ ATRÁS LA PERSECUCIÓN SINDICAL DEL ING SANTIAGO
VALENCIA EN BAVARIA!!!!! ¡¡¡¡¡¡¡¡¡ ABAJO
EL CUARTO TURNO EN BAVARIA CERVECERÍA DE BARRANQUILLA!!!!!!
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