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martes, 19 de mayo de 2015
sábado, 16 de mayo de 2015
lunes, 4 de mayo de 2015
Boletín Nº 19
MAYO 4 DE 2015
BOLETÍN 19
“AL ÁRBOL QUE
TIENE FRUTOS, ES AL QUE SE LE TIRAN
PIEDRAS”
La junta directiva del sindicato nacional de
trabajadores cerveceros de Bavaria SINALTRACEBA, saluda de manera fraternal a todos los
afiliados y simpatizantes de nuestra organización sindical, que cada día gracias al señor JESUCRISTO se
fortalece y crece en número; producto de
la gestión sindical desarrollada por los miembros de la junta directiva, con su asesor jurídico y el asesor sindical de la central unitaria CUT.
La organización
sindical rechaza de manera enérgica la publicación por parte de la organización
sindical Sintracervunión, del mes de abril
y se permite realizar las siguientes aclaraciones:
La junta
directiva de la organización sindical
SINALTRACEBA aprueba el desplazamiento del presidente de la organización RAFAEL
MALDONADO y el asesor jurídico el doctor JOSÉ MANOTAS, para la ciudad de Medellín el día 13 de enero
de la presente anualidad para reunirse con personal de la Escuela Nacional Sindical
(ENS) con el objetivo de cuadrar lo que concierne a la capacitación de la
negociación colectiva con el instructor PARRA en esa ciudad.
El doctor MANOTAS
aprovechando la estadía en esta ciudad toma la iniciativa de comunicarse con el señor RUBÉN DARÍO GÓMEZ
asesor sindical de la confederación CGT el cual es el asesor sindical de
Sintracervunión y este acercamiento es motivado por el problema del MAL PAGO DE
LOS DOMINICALES por parte de la empresa Bavaria, y en este encuentro le pide al señor RUBÉN GÓMEZ que de información
sobre como la empresa CERVUNIÓN le paga a los trabajadores los dominicales, a lo cual responde que se debe consultar con
el señor OCTAVIO GAVIRIA presidente de Sintracervunión, el cual al ser consultado responde
no tener conocimiento tampoco, y
que se hace necesario consultar con su asesor jurídico para que revise los
volantes de pago del personal y que posteriormente se comunicaría con el doctor
MANOTAS para suministrar tal información; lo
cual nunca ocurrió; lo que claramente se evidencia que no
mostro interés por la problemática de
los trabajadores de la cervecera. Como presidente de SINALTRACEBA si fue cierto
que se dio a conocer la fundación de la organización SINALTRACEBA y todas las
querellas y denuncias penales, mítines y
denuncias en los medios de comunicación hablados y escritos contra funcionarios de Bavaria por los
atropellos y arbitrariedades de la MULTINACIONAL en Barranquilla y
Bucaramanga, mostrando ser un sindicato
de lucha y se le invitaba a participar de esta
lucha por el bien de los trabajadores; y se le resalto el fallo de la resolución del
ministerio del trabajo sobre el tema de la MALA REMUNERACIÓN DE LOS DOMINICALES
la resolución 0397 a favor de SINALTRACEBA,
donde la empresa es multada y sancionada con $308.000:000.oo de pesos
por la mala remuneración de los dominicales habituales, persecución sindical y elusión en el pago de
la salud lo cual a él le pareció
interesante.
La información
sobre el ser creyente, resulta
lamentable que dirigentes sindicales quieran hacer escarnio de la fe de las
personas, y pareciera tener desconocimiento
de la constitución política de Colombia ART 19 y 20, que habla sobre el respeto a
la libertad de cultos.
La
información de Sintracervunión sobre la
reunión a mediados de febrero es
falsa, debido a que en esa fecha
precisamente estaban reunidas las organizaciones sindicales incluyendo a
SINALTRACEBA su presidente y el asesor
jurídico con la empresa Bavaria en el
hotel DANN CARLTON de la ciudad de Barranquilla.
La organización
sindical de igual forma desmiente la afirmación en torno a la relación con el
presidente de SINALTRAINBEC al cual de igual forma respetamos y no dudamos de
su capacidad y su experiencia sindical,
y la relación es buena.
En este
acercamiento nunca hubo propuesta por parte de SINALTRACEBA de una unión con
Sintracervunión o alianzas, lo que sí se
mostró interés es por el pago de los dominicales a todos los trabajadores
cerveceros y aun malteros sea conforme a la ley y el fallo de la resolución por
parte del ministerio del trabajo teniendo en cuenta que somos un sindicato de
ideales y hermandad, que nuestra
intención es de favorecer como ha sido siempre a todos los trabajadores de
Bavaria.
Esperamos haber
dado claridad sobre el comunicado que ha sido puesto en circulación en los
medios de comunicación lo cual consideramos lesivos para la imagen y el buen
nombre de nuestra organización su
presidente y asesor jurídico; y en vez
de realizar este tipo de señalamientos más bien deben reflexionar y aunar
esfuerzos en contra de las políticas de la MULTINACIONAL que después de más de
12 años no respeto el pacto colectivo, por lo que nos vimos en la necesidad de
organizarnos en 4 organizaciones sindicales para luchar por los derechos de los
trabajadores y conseguir mejores beneficios para estos; y no tener una posición de LISONJEROS y de
arrodillado delante del patrón que tarde que temprano alista el garrote para
todos los trabajadores y buscara la forma siempre de causar división en sus
bases para sacar provecho y cada día aumentar sus ganancias y fortalecerse
económicamente aplicando su capitalismo salvaje, y su personal obrero cada día es desmejorado en sus condiciones laborales como
es el caso de la mala remuneración de los dominicales en las plantas de Bavaria.
JUNTA DIRECTIVA
SINALTRACEBA
¡!!!!!!SINALTRACEBA, SINDICATO DE IDEALES Y HERMANDAD!!!!
ATRÁS
LA PERSECUCIÓN SINDICAL EN LAS PLANTAS DE BAVARIA
ATRÁS
LA INTRANSIGENCIA PATRONAL DE SABMILLER BAVARIA
PACTADO
AFÍLIATE PARA FORTALECERNOS PARA LA FUTURA NEGOCIACIÓN
VIVA SINALTRACEBA……..VIVA
SINALTRACEBA
jueves, 30 de abril de 2015
Despojo de Dominicales
CÓMO BAVARIA S.A. DESPOJA PARTE DEL SALARIO
DE SUS TRABAJADORES QUE LABORAN EN DIAS DOMINGOS.
Lo primero es establecer con claridad los siguientes
temas o términos que debemos conocer; los cuales se liquidan de manera
independiente y no se deben por confundir o ligar:
1.- Jornada de trabajo y/o jornada laboral.
2.- Trabajo extra y/o suplementario.
3.- Descanso dominical obligatorio.-
4.- Valor del trabajo dominical.
5.- Descansos compensatorios.
1.- JORNADA DE TRABAJO Y/O JORNADA ORDINARIA LABORAL.
La jornada de trabajo es la que convengan las partes
(Art. 158 C.S.T.), en el caso de Bavaria, y conforme a la cláusula 23 de la
Convención Colectiva de Trabajo vigencia 2013 – 2015, es la de CUARENTA Y
CUATRO (44) horas a la semana.
Y la jornada máxima legal (art. 161 C.S.T.) es la de
duración de ocho (8) horas al día y cuarenta y ocho (48) a la semana.
Ejemplo:
Jornada diaria.
|
1 hora
|
1 hora
|
1 hora
|
1 hora
|
1 hora
|
1 hora
|
1 hora
|
1 hora
|
Total horas laborales al día = OCHO (8).
Jornada semanal.
|
LUNES
|
MARTES
|
MIÉRCOLES
|
JUEVES
|
VIERNES
|
SÁBADO
|
|
8 horas.
|
8 horas.
|
8 horas
|
8 horas
|
8 horas
|
4 horas.
|
Total horas laborales a la semana = CUARENTA Y CUATRO
(44).
2.- TRABAJO EXTRA Y/O SUPLEMENTARIO.
Conforme al artículo 159 del Código Sustantivo del Trabajo,
es el trabajo que excede de la jornada ordinaria o la máxima legal. Es decir es
aquel trabajo que excede las ocho (8) horas diarias o las cuarenta y cuatro
(44) horas a la semana, específicamente en el caso de los trabajadores de
Bavaria S.A.
Para el caso de las horas extras diarias, ya viene
reglamentado que tan sólo se permiten laborar DOS (2) horas extras, conforme al
artículo 22 de la Ley 50 de 1990.
3.- DESCANSO DOMINICAL OBLIGATORIO.-
A las voces del artículo 172 del Código Sustantivo del
Trabajo, el empleador está obligado a dar descanso dominical remunerado a todos sus trabajadores, durante 24
horas. Y el artículo 173 numeral 1° del CST nos habla que se le debe dar este
descanso a los trabajadores que habiéndose obligado a prestar sus servicios en
todos los días laborales de la semana, lo cual se representa gráficamente si un
trabajador devenga un salario básico de un millón de pesos m.l.($1.000.000.oo)
mensuales, sería así:
|
Lunes
$33.333.33
|
Martes
$33.333.33
|
Miércoles
$33.333.33
|
Jueves
$33.333.33
|
Viernes
$33.333.33
|
Sábado.
$33.333.33
|
Descanso dominical obligatorio remunerado
$33.333.33
|
Quiere ello decir, que el trabajador tiene derecho, por
haber laborado la semana completa a tomar el día domingo como descanso obligatorio remunerado; que si se
labora en ese día, es decir en el domingo, es un trabajo extra o suplementario,
porque está por fuera de la jornada máxima legal o reglamentaria; la semana
laboral comienza el lunes y termina el sábado y todo lo que se labore después
del sábado, después de las 44 horas semanales, es trabajo extra y/o
suplementario. Por lo tanto, si el trabajador
labora en domingo, esta labor no es de horas extras, ya que la duración de éstas están reglamentada
en el artículo 22 de la ley 50 de 1990, y por lo tanto estaríamos hablando de
trabajo suplementario como anteriormente se dijo. Es así que su reconocimiento económico
o pago debe hacerse por fuera de lo ya reconocido por haber laborado la semana
completa o por haber laborado durante todos los días hábiles de la semana.
¿Y cómo se debe remunerar?
4.- VALOR DEL TRABAJO DOMINICAL.-
El artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo, sobre
el trabajo dominical y festivo, en su numeral 1°, nos dice cómo se debe
remunerar:
“El trabajo en domingo y
festivos se remunerará con un
recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas
laboradas.”
Siguiendo el mismo ejemplo, si ese trabajador labora ocho
(8) horas diurnas el domingo, gráficamente esto se representa así, conforme a
la Ley:
|
LUNES
|
MARTES
|
MIÉRCOLES
|
JUEVES
|
VIERNES
|
SÁBADO
|
DOMINGO
|
|
$33.333.33
|
$33.333.33
|
$33.333.33
|
$33.333.33
|
$33.333.33
|
$33.333.33
|
$33.333.33
|
Y por haber
laborado las ocho (8) horas ese mismo domingo se le debe pagar $58.333.33
Pero la empresa Bavaria S.A. no reconoce los $58.333.33,
porque despoja del día del salario
ordinario y reconoce y viene pagando nada más el recargo del 0.75%, es decir
tan sólo está pagando $24.999.99. Argumentando que ese día de salario
ordinario, que es parte del valor del trabajo dominical, ya lo viene pagando en
el salario básico mensual; es decir que toma el pago del descanso
dominical obligatorio remunerado, que el trabajador se lo ganó anticipadamente por Ley, por
haber laborado la semana completa de lunes a viernes, y se lo aplica al trabajo en domingos,
para justificar una interpretación errada del artículo 179 del CST.
5.- DESCANSO COMPENSATORIO.-
Todo trabajador que labore durante tres (3) domingos al
mes, tiene derecho además del pago del 1.75% sobre el valor de su salario, a
que se le otorgue por parte de la empresa un día de descanso compensatorio
remunerado, dentro de la semana inmediatamente siguiente al domingo laborado
(Art. 181 CST).
Basta preguntarnos lo siguiente:
¿Será que trabajar en día domingo, vale menos que
trabajar en un día hábil de la semana?
Según la empresa Bavaria S.A. Sí.
Siguiendo el ejemplo, el valor del día de trabajo de
lunes a sábado es de $33.333.33 y el valor del trabajo en día domingo es de $
25.000.oo. Eso no es lógico, Eso es ilegal.
Compañero
trabajador del Grupo Económico Sab Miller (Bavaria S.A., Cervecería Unión S.A.
MALTERIAS DE COLOMBIA, CERVECERÍA DEL VALLE Y DEMÁS EMPRESAS) eleva tu reclamo
ante tu empleador por el debido pago de tu trabajo en domingo. Apóyate en tu
organización sindical, exige gestión por este derecho.
SINALTRACEBA
S.I. es una organización sindical de industria de primer grado, que opera única
y exclusivamente en el sector cervecero y maltero de Colombia. Desde el 12, de
mayo de 2012 venimos librando esta lucha por el correcto pago del trabajo en
día domingo, hemos presentado querellas ante el Ministerio del Trabajo
Dirección Territorial del Atlántico y Santander, donde ya hemos logrado obtener
sanción con Bavaria S.A. por el indebido pago del trabajo en domingo con
resolución No. 000397 de fecha 6 de junio de 2014, la cual puede ver en nuestra
página web,
https://drive.google.com/file/d/0BwyUHEpLUw5HRDJ5WWktSFZnRFk/view?usp=sharing, y descargarla para que te
sirva de soporte. Además logramos cuatro reuniones con el señor Carlos Ramírez
en Barranquilla junto con otras organizaciones hermanas, donde descubrimos que
la empresa Bavaria S.A. no tiene argumento sólido legal para soportar el
despojo que viene realizando al valor del trabajo en domingos de sus
trabajadores. También ya se han presentado las demandas respectivas ante los
jueces laborales. Hemos venido realizando mítines en las principales avenidas
de Barranquilla y denuncias ante los medios de comunicaciones.
Necesitamos
de tu colaboración para seguir con esta lucha… Tan sólo se necesita que Tú
también reclames, que elabores derechos de petición solicitando tu correcto
pago del trabajo en domingo, necesitamos de tu valiosa colaboración.
Contáctanos para seguir trabajando por todos los trabajadores de la industria
cervecera de Colombia. Tus quejas, falencias y necesidades en las condiciones
de trabajo que te están brindando son nuestra razón de ser. La razón de ser de
SINALTRACEBA S.I. es la lucha por las necesidades de los trabajadores del
sector cervecera y maltero.
APOYÉMONOS….- TRABAJEMOS…
LUCHEMOS…. EXIJÁMOSLE A LA EMPRESA QUE
NO NOS SIGA ARREBATANDO NUESTROS SALARIOS. TODAS LAS ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES,
SINDICATOS, TRABAJADORES NO SINDICALIZADOS NI PACTADOS, TRABAJADORES PACTADOS,
TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS EXIJÁMOSLE A LA EMPRESA QUE NOS PAGUE EL TRABAJO
DOMINICAL COMO ESTA EN LA LEY SIN NINGÚN CONVENIO EXTRALEGAL.
viernes, 24 de abril de 2015
miércoles, 1 de abril de 2015
Acoso Laboral? Identifiquelo.
¿Cree ser víctima de acoso laboral en su trabajo? Identifíquelo
La Ley 1010 del 2006 sanciona con entre dos y 10
salarios mínimos cuando la falta es comprobada.
Si el acoso es ejercido por
un compañero o subalterno, también se establecen sanciones.
Atendiendo una de las
denuncias que con mayor frecuencia se presentan en su despacho y en otras
instancias, el Ministerio del Trabajo recordó el respaldo con el que cuentan
los empleados que sean víctimas de acoso laboral.
Esta falta se describe como
"toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado,
trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o
mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo,
intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar
desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo".
Según la Ley 1010 del 2006:
"El acoso laboral puede acarrear multa entre dos y diez salarios mínimos
legales mensuales para la persona que lo realice y al empleador que lo
tolere".
La norma busca definir,
prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato,
vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la
dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades
económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública.
El concepto 168766 publicado
por la oficina Jurídica del Ministerio del Trabajo explica que el acoso laboral
puede darse bajo las siguientes modalidades:
Maltrato: todo acto de
violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y
los bienes de quien se desempeñe como empleado o trabajador; toda expresión
verbal injuriosa o ultrajante que lesione la integridad moral o los derechos a
la intimidad y al buen nombre. Persecución: conductas cuyas características de
reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir
la renuncia del empleado, mediante descalificación, carga excesiva de trabajo y
cambios permanentes de horario que puedan producir desmotivación laboral.
Discriminación: todo trato
diferenciado por razones de raza, género, origen familiar o nacional, credo
religioso, preferencia política o situación social.
Entorpecimiento: toda acción
tendiente a obstaculizar el cumplimiento de la labor o hacerla más gravosa o
retardarla con perjuicio para el trabajador, con acciones como la privación,
ocultación o inutilización de los insumos, documentos o instrumentos para la
labor, la destrucción o pérdida de información, el ocultamiento de
correspondencia o mensajes.
Inequidad: cuando se asignan
funciones que menosprecian al trabajador.
Desprotección: conducta
tendiente a poner en riesgo la integridad y la seguridad del trabajador
mediante órdenes o asignación de funciones sin el cumplimiento de los
requisitos mínimos de protección y seguridad para el trabajador.
La misma ley establece que si
se comprueba el acoso causado por cualquiera de las conductas descritas se
sancionará como falta disciplinaria gravísima en el Código Disciplinario Único,
cuando su autor sea un servidor público.
Aparte de la multa en dinero,
la norma fija otras sanciones como la obligación de pagar a las Empresas
Prestadoras de Salud y las Aseguradoras de riesgos profesionales el cincuenta
por ciento del costo del tratamiento de enfermedades profesionales,
alteraciones de salud y demás secuelas originadas en el acoso laboral.
"Esta obligación corre
por cuenta del empleador que haya ocasionado el acoso laboral o lo haya
tolerado, sin perjuicio a la atención oportuna y debida al trabajador afectado
antes de que la autoridad competente dictamine si su enfermedad ha sido como
consecuencia del acoso laboral, y sin perjuicio de las demás acciones
consagradas en las normas de seguridad social para las entidades
administradoras frente a los empleadores", señala la medida.
lunes, 30 de marzo de 2015
BOLETÍN 18
BOLETÍN No. 18
LA JUNTA DIRECTIVA NACIONAL DE SINALTRACEBA
S.I. Y LOS ASESORES JURÍDICOS Y
SINDICAL; SE PERMITEN EXPONER LOS BENEFICIOS DE LA PROPUESTA FORMULADA POR EL
ABOGADO JOSÉ DAVID MANOTAS EN LA REUNIÓN DEL 27 DE MARZO DE 2015 CON LA
EMPRESA, DONDE ESTUVIERON PRESENTES LOS REPRESENTANTES DE USTIAN
Y SINALTRAINBEC EN EL HOTEL DAN CARLTON DE BARRANQUILLA.
BAVARIA S.A. viene buscando propuesta
para resolver la problemática de la liquidación del trabajo dominical, por
fuera de la mesa de negociación que viene adelantando con SINALTRACEBA S.I, USTIAN,
y SINALTRAINBEC, con los Representantes del Pacto Colectivo y del sindicato que
opera en la Cervecería Unión S.A. de Medellín, desconociendo el trabajo que
vienen realizando las organizaciones
sindicales de Barranquilla, como son derechos de petición, querellas (con
resolución sancionatoria del Ministerio del Trabajo) y programación de
reuniones con los directivos nacionales de Bavaria.
En
la tercera reunión el señor Carlos
Ramírez convocó e incorporó en esta mesa de negociación al representante de
SINALTRAINBEC, Carlos Alfonso Ortiz, porque la problemática del pago del trabajo
dominical era del orden nacional.
Frente
a lo anterior, para el 27 de marzo de 2015, de manera estratégica el abogado
asesor de SINALTRACEBA S.I solicitó
al señor Carlos Ramírez que
integrara a la mesa de negociación a tres (3)
compañeros del Pacto Colectivo y
tres (3) más del sindicato de Cervecería Unión S.A. por las siguientes razones:
1.-Ante
lo manifestado por el doctor Carlos Ramírez de la complacencia del comité nacional de representantes de los trabajadores de los beneficiaros del
pacto colectivo, donde le solicitan a la compañía tenga consideración y permitan
un BENEFICIO EXTRALEGAL del
mencionado pago de los dominicales habituales, la empresa Bavaria, LA GRAN SAMARITANA aparece en escena y
manifiesta que la propuesta puede ser viable si y solo si este sujeto al
cumplimiento del buen desempeño en los procesos de producción con la asistencia
a las reuniones de pre turno y la asistencia a las capacitaciones en tiempo del
trabajador . Si los trabajadores cumpliesen con estos compromisos la empresa
estaría dispuesta a pagar el dominical habitual con un punto adicional o sea
del 0.75% pagaría el 1.75%; dando a
entender que es una dadiva de la compañía….
¿A QUIEN QUIEREN ENGAÑAR? …La ley establece claramente que el empleador que
no deje descansar a sus trabajadores en todo el mes (Dominical habitual) tendrá
una doble obligación recargo y pago en descanso
compensatorio, lo cual apenas es justo porque se le está exigiendo
demasiado al trabajador; lo que se puede
resumir en trabajo dominical habitual
descanso compensatorio remunerado 1% y
recargo del 75% sería igual al 1.75%. ¿DONDE QUEDA EL BENEFICIO EXTRALEGAL DEL
QUE HABLAN LOS DEL COMITÉ DE SALVACION NACIONAL?
Rechazamos
tal manifestación de los señores del comité nacional donde claramente se
observa una alianza con Bavaria en
contra de los derechos legales de los
trabajadores.
2.-
Estamos absolutamente seguros que
los argumentos y razones jurídicas expuestas a BAVARIA S.A. sobre los requerimientos y peticiones del pago por
trabajo dominical, son TOTALMENTE VIABLE
y SON DE LEY; las cuales PUEDEN y DEBEN ser socializados ante cualquier
persona y ante cualquier autoridad.
3.-
Estamos obligados a llegar a las directivas y a las bases del Pacto Colectivo y a las bases del
sindicato de Cervecería Unión S.A. con razones y argumentos sólidos donde
expliquemos cómo la empresa nos viene despojando del valor del trabajo
dominical ocasional y habitual, y del descanso compensatorio remunerado.
NO PODEMOS quedarnos de brazos
cruzados frente al trabajo que viene realizando BAVARIA S.A. con los compañeros del Pacto Colectivo y del sindicato de Cervecería Unión S.A. en el tema
de los domingos. Nosotros nos vemos en la OBLIGACIÓN
como organización sindical, como directivos sindicales, como afiliados a un
sindicato, debemos combatir e INTERVENIR
esa macabra “unión” BAVARIA-PACTO-
SINTRACERVUNIÓN; y qué mejor oportunidad que valernos de la propia gestión
de BAVARIA
S. A, y que nos ponga en la mesa de negociación a estos compañeros para
explicarles en detalle, persona a persona, cómo la empresa engaña y despoja el
valor del trabajo en domingos de sus trabajadores sindicalizados y no
sindicalizados. Además nos ayudará a saber de manera directa cuáles son los
argumentos de estos compañeros (Pacto y Sintracervunión) para aceptar los
condicionamientos al pago del trabajo en domingos no conforme a ley, sino a los
planteamientos que formula BAVARIA S.A.
Ante
esta macabra unión BAVARIA-PACTO-SINTRACERVUNIÓN,
en la organización sindical SINALTRACEBA
S.I. No
pensamos, ni queremos asumir una posición pasiva Y NO HACER NADA, por el
contrario nuestra posición es de defender y demostrar nuestros argumentos sin temor
alguno, y eso sí, con mucha valentía y valor, llegar a todos y a cada uno
de estos directivos y trabajadores del Pacto y Sintracervunión, socializarles
nuestros argumentos y quitándole la máscara a la empresa; lo que nos ayudará a
debilitar la gestión o razones que está dando nacimiento a esta macabra unión.
¿Quién
puede estar pensando que nuestros argumentos para el pago del trabajo dominical
no son válidos? Quien
piense, que no son válidos, no puede como directivo sindical defender frente a
nuestros contradictores los derechos de los trabajadores. SINALTRACEBA S.I está convencida que la lucha sindical se debe dar
de frente y en el seno de nuestros contradictores, con argumentos sólidos,
soportados en la Ley y con el firme convencimiento de la primacía de los
derechos de los trabajadores.
JUNTA
DIRECTIVA NACIONAL SINALTRACEBA S.I
CENTRAL
UNITARIA DE TRABAJADORES CUT
¡¡¡¡¡¡SINALTRACEBA,
SINDICATO DE IDEALES Y HERMANDAD!!!!!!
¡¡¡ATRÁS LA MACABRA
UNIÓN BAVARIA-SINTRACERVUNIÓN-COMITÉ DEL PACTO COLECTIVO!!!
¡¡¡PACTADO AFÍLIATE
PARA FORTALECERNOS PARA LA FUTURA NEGOCIACIÓN!!!
ATRÁS LA PERSECUCIÓN
SINDICAL SISTEMÁTICA DE SABMILLER BAVARIA
VIVA
SINALTRACEBA……..VIVA SINALTRACEBA
lunes, 23 de marzo de 2015
BOLETÍN 17
MARZO 24 DE 2015
BOLETIN 17
“FALSOS CRISTOS”
La junta directiva del sindicato nacional de trabajadores cerveceros de Bavaria SINALTRACEBA, saluda de manera fraternal a todos los afiliados y simpatizantes de nuestra organización sindical, que cada día gracias al señor JESUCRISTO se fortalece y crece en número; producto de la gestión sindical desarrollada por los miembros de la junta directiva, con su asesor jurídico y el asesor sindical de la central unitaria CUT.
La organización sindical rechaza de manera enérgica la implantación por parte de Bavaria del nuevo sistema de pago de nómina, el HCM el cual ha sido traumático para los intereses de los trabajadores cerveceros de Bavaria; por lo que el personal de las plantas de las cervecerías de Barranquilla y Bucaramanga; manifiestan un ALTO INCONFORMISMO por la forma como se implementó el sistema, donde se ha visto afectado el salario de los trabajadores en el pago de las QUINCENAS, DÍAS TRABAJADOS, HORAS EXTRAS EN DOMINICALES, RECARGOS NOCTURNOS, RETENIENDO ESTOS DINEROS a los trabajadores; y hasta la afectación del BONO POR DESEMPEÑO; el cual se venía cancelando una cantidad fija a todos los trabajadores; esto de acuerdo a su salario después de la firma de la convención colectiva de trabajo vigente; y que ahora de FORMA INEXPLICABLE Y ARBITRARIA por parte de la compañía Bavaria, resulta VARIABLE de acuerdo a los días laborados; algo que NO ha sido consultado ni concertado con las ORGANIZACIONES SINDICALES de manera previa; afectando el bolsillo de los trabajadores…¿ porque las equivocaciones de la empresa en cuanto al pago de la nómina es a favor de la misma y en contra de los intereses de los trabajadores?. Esto demuestra claramente que la empresa no tiene a su personal como la ventaja más duradera y tampoco, lo que tanto pregona que en el negocio ganamos todos; lo cual resulta ser una política de doble moral manejada por la MULTINACIONAL.
El pasado 4 de marzo el ministerio del trabajo territorial atlántico realizo una diligencia de inspección en la planta de la cervecería de Barranquilla por la querella impetrada por nuestra organización sindical SINALTRACEBA contra Bavaria por la implantación de TERCERIZACIÓN E INTERMEDIACIÓN LABORAL; por lo que estaremos a presto en las instalaciones del ministerio vigilantes del curso de esta querella buscando la sanción o multa en contra de la compañía y forzándola para que se dé la tan anhelada FORMALIZACIÓN LABORAL como beneficio para todos los trabajadores que se encuentran laborando con empresas tercerizadas.
La organización SINALTRACEBA ante la MALA REMUNERACIÓN DE LOS DOMINICALES HABITUALES que viene hace 12 años en la empresa Bavaria; cuando se implementó el sistema SAP, y que también como prueba de esta mala remuneración tenemos la RESOLUCIÓN DEL MINISTERIO DEL TRABAJO la número 397 del 6 de junio de 2014 a favor del sindicato SINALTRACEBA, donde la empresa es multada y sancionada con $308.000.000.oo millones de pesos; las cuales sirven de base para la reclamación del sindicato ante el empleador; y que en reiteradas ocasiones nuestra organización ENVIÓ COMUNICADOS A LA COMPAÑÍA a los señores Dra. Janice Hallot vicepresidente de recursos humanos con fecha septiembre 8 de 2014, al señor Grant Harris presidente de SABMILLER BAVARIA de fecha noviembre 4 de 2014; donde se les solicitaba reunirse con representantes del sindicato para buscarle solución a este grave problema que afecta los intereses de los trabajadores cerveceros en las plantas de Bavaria ; sin embargo la empresa NUNCA se dignó responder las comunicaciones enviadas; pero se siguió PRESIONANDO hasta lograr abordar al presidente Grant Harris en la planta de Barranquilla para forzar una reunión con el director de recursos humanos de la empresa Bavaria. Fruto de todo ese esfuerzo las organizaciones sindicales en Bavaria acuerdan con la compañía reuniones en la ciudad de Barranquilla en el hotel Dann Carlton para
darle solución al problema donde se debe tener en cuenta SIEMPRE DEBE PREVALECER LA MÁS FAVORABLE AL TRABAJADOR; y la empresa de una manera INTRANSIGENTE ha dilatado este proceso de acercamiento en cuatro reuniones para no darle solución en conjunto con las organizaciones sindicales con el fin de darle un golpe político a las mismas.
Ahora resulta que surge un SUPUESTO COMITÉ DE SALVACIÓN NACIONAL de representantes de los trabajadores PACTADOS que NO CONOCEMOS SUS INTEGRANTES y que NUNCA se han acercado a los trabajadores, ni mucho menos han mostrado interés en DEFENDER LOS DERECHOS VULNERADOS de los trabajadores cerveceros por los PERJUICIOS que ha causado la MULTINACIONAL SABMILLER BAVARIA, a los trabajadores en cuanto al pago de los dominicales habituales y horas extras por las jornadas extremas de trabajo; las cuales fueron implantadas arbitrariamente en las plantas sin concertar con las organizaciones sindicales.
Los del comité afirman que a ellos si le responde la vicepresidente para reunirse en Bogotá en reunión concertada; no así con el sindicato (Desconocimiento sindical).
Se repite la historia de la negociación colectiva de trabajo cuando las organizaciones sindicales firmaron la convención vigente 2013 -2015; uno de los negociadores del pacto colectivo se JACTABA, que el trabajo había sido duro contra la empresa para conseguir la firma del sufrido pacto colectivo… ¿A QUIEN QUIERE ENGAÑAR?
Los señores del respetados sindicato de SINTRACERVUNION, no le hemos visto interés alguno por el problema de los dominicales habituales de sus trabajadores, ni tenemos información que hayan desarrollado un mitin de protesta por este motivo; ni una querella en el ministerio, ni han buscado espacios de dialogo productivo frente a este escabroso tema…..Que raro que ahora resulten aliados a los AMIGOS DEL PACTO para buscarle conclusiones rápidas en una sola reunión el día jueves 26 de marzo un día antes de la reunión de la empresa Bavaria con los representantes de los sindicatos de los trabajadores cerveceros de Bavaria; para surgir ellos con la SOLUCIÓN MÁGICA como el hombre de iniquidad del libro de apocalipsis; y forzar a las organizaciones sindicales que como se llegó a un acuerdo con los AMIGOS; ESTARÍAMOS OBLIGADOS A ACEPTAR LAS IMPOSICIONES DE LA EMPRESA UNA VEZ MÁS, LO CUAL ES ANTIÉTICO Y DE MALA PRESENTACIÓN . Todo esto favorecería a los AMIGOS y el aguerrido SINDICATO lo cual tendría, porque no, un tinte político de campaña de afiliación para buscar la vanagloria de sus asociados y el fortalecimiento de sus organizaciones sin pagar el precio de la discriminación y la persecución sindical que nos tiene acostumbrada la multinacional con sus políticas antisindicales en contra nuestra….Jesús Dijo: porque vendrán muchos en mi nombre, diciendo: Yo soy el Cristo; y a muchos engañaran Mt 24:5….ES tiempo de despertar y como dice la escritura no ignoréis sus maquinaciones….se acerca la negociación colectiva y debemos fortalecernos más por tanto no lo pienses tanto y sindicalízate ya.
JUNTA DIRECTIVA SINALTRACEBA
¡¡¡¡¡¡SINALTRACEBA, SINDICATO DE IDEALES Y HERMANDAD!!!!!!
PACTADO AFÍLIATE PARA FORTALECERNOS PARA LA FUTURA NEGOCIACION
ATRÁS LA PERSECUCION SINDICAL SISTEMATICA DE SABMILLER BAVARIA
VIVA SINALTRACEBA……..VIVA SINALTRACEBA
martes, 17 de marzo de 2015
viernes, 30 de enero de 2015
Mahatma Gandhi
Mahatma Gandhi - Día Mundial de la Paz y la no violencia
Gandhi murió asesinado en el año 1948, en manos de un fanático. Se recuerda su figura y su legado en todo el mundo, celebrando el día de la paz y la no violencia,incentivando a la tolerancia y el amor entre los seres humanos. Cuando se cumplieron 49 años de su muerte, las cenizas de Gandhi fueron arrojadas al Ganges. Se le dio en vida el nombre honorífico “Mahatma”, que significa alma-grande.
Gandhi nació en la India en 1869, su nombre se convirtió pronto en una de las máximas referencias por el pacifismo mundial, a la vez que un referente indiscutido en la lucha por los derechos humanas, llevada adelante mediante acciones de no violencia. Introdujo métodos novedosos de lucha como la huelga de hambre, rechazando la lucha armada, desde 1918 perteneció abiertamente al frente del movimiento nacionalista indio
Una lucha sin igual
El líder político y espiritual de la India, se trasladó a Inglaterra donde estudió derecho, y luego a Sudáfrica, en donde se encontró con el apartheid. En Sudáfrica inició su incansable lucha pacifista, que se basó en la resistencia y en no cooperar con las autoridades del lugar. Luchó dos décadas allí, para instalarse luego en su país, y comenzar a pelear por la independencia de la India. Gran Bretaña concedió la independencia hacia 1947, aunque la India y Pakistán se convirtieron entonces en dos estados independientes, lo que lo desalentó profundamente, y en 1948, Gandhi murió asesinado. El asesino, Nathuram Vinayak Godse (1910-1949), miembro de un grupo extremista hindú, lo sorprendió cuando se dirigía a su habitual rezo de la tarde en Nueva Delhi.
El líder intentó reformar la sociedad india luego de conseguida la independencia, a través de la integración de las castas más bajas y el desarrollo de las zonas rurales. Estuvo en contra de los conflictos religiosos que sucedieron a la independencia, y defendió a los musulmanes en territorio indio.
Fue arrestado en numerosas ocasiones, y puesto en libertad otras tantas, debido a la gran presión que ejerció el pueblo indio a su favor. Su legado y su obra están centrados en la espiritualidad y el amor entre las personas, teniendo una influencia decisiva del texto sagrado Bhagavad Gita. Además, destaca la influencia de Tolstoi, con quien mantuvo asidua correspondencia. Sus escritos fueron inspiración para otros políticos y pensadores alrededor de todo el mundo.
Sobre la salud y la alimentación
En los escritos que Gandhi dejó, existe una parte importante dedicada a expresar sus ideas acerca de la salud y la alimentación. Algunos de los fragmentos más conocidos al respecto son:
“Aunque he tenido dos enfermedades graves en toda mi vida, creo que el hombre no tiene prácticamente necesidad alguna de tomar medicinas. De mil casos, novecientos noventa y nueve pueden tratarse con una dieta bien equilibrada, un tratamiento a base de tierra y agua y similares tratamientos caseros”.
“Vivimos con la fatal ilusión de que ninguna enfermedad puede curarse sin medicamentos. Esta creencia ha hecho más daño a la humanidad que cualquier otro mal. No cabe duda de que tenemos que curarnos las enfermedades, pero no son los medicamentos los que las curan. Y no solo son estos sencillamente inútiles, sino que a veces son decididamente nocivos”
“No considero necesario que el hombre coma carne en ningún lugar y en ningún clima en los cuales pueda vivir de ordinario un ser humano. Sostengo que comer carne es inadecuado para nuestra especie”
“Un país, una civilización se puede juzgar por la forma en que trata a sus animales”.
Se lo recuerda internacionalmente por su ejemplo de lucha pacífica, su compromiso político con las causas de los oprimidos, su espiritualidad y su inmensa entrega, en días donde las ideas que pregonó y defendió hasta su muerte, se hacen más que vigentes
tomado de La Gran Época.
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